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RESOLUCIÓN 1843 DE 2025: UN NUEVO PARADIGMA EN LA PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS EN EL TRABAJO

15 Mayo 2025

Por: Diana Carolina Aguilar Triana / CEO & Founder de DHM Global

Link de la resolución https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/0/1843.pdf/732c9233-fa98-7055-394e-3bccb54567e4?t=1746725323666

El pasado 29 de abril, el Ministerio del Trabajo de Colombia expidió la Resolución 1843 de 2025, una norma que redefine las evaluaciones médicas ocupacionales y establece nuevas directrices para la detección del consumo de alcohol y sustancias psicoactivas en el entorno laboral. Esta medida representa un avance clave en la promoción de ambientes laborales seguros, saludables y alineados con los principios de gestión del riesgo.

¿Qué cambia con la nueva resolución?

Uno de los puntos más relevantes se encuentra en el Artículo 24, donde se establece que:

“Se podrán aplicar [pruebas de detección] a aquellas personas cuya actividad laboral implica un riesgo para los demás o que son de responsabilidad respecto de terceros, y deberán estar implementadas y justificadas técnicamente en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa u organización.”

Obligaciones clave para los empleadores

  • Aplicar pruebas de detección de alcohol y sustancias psicoactivas cuando las funciones del cargo lo exijan.
  • Justificarlas con base en los riesgos inherentes al puesto de trabajo.
  • Incluir estas acciones dentro de programas preventivos estructurados.
  • Brindar orientación al trabajador ante un resultado positivo y activar la ruta EPS.
  • Asumir los costos logísticos, operativos y clínicos que se deriven del proceso.

Sectores donde la norma tiene mayor impacto

  • Transporte terrestre, aéreo y marítimo
  • Minería, hidrocarburos y obras de infraestructura
  • Salud
  • Seguridad privada y manejo de armas
  • Producción industrial con maquinaria pesada
  • Manejo de químicos, sustancias radiactivas o explosivos

“Se entiende que desempeñan ese tipo de actividades, entre otros, los conductores de cualquier tipo de vehículo; pilotos de naves y aeronaves; alumnos de pilotaje, instructores de vuelo; maquinistas y operarios; médicos, odontólogos y demás profesionales de la salud; quienes manipulan o tienen bajo su cuidado materiales o sustancias combustibles o inflamables; explosivos, sustancias tóxicas, venenosas, corrosivas o radiactivas; quienes portan o transportan armas; operadores y controladores aéreos y en general personal técnico de mantenimiento y apoyo de aeronaves en tierra y en vuelo, así como los trabajadores que desarrollen actividades de clase de riesgo IV y V, casos en los cuales no se requiere la autorización del trabajador para realización de la prueba.”

Articulación normativa

  • Ley 9 de 1979 (salud ocupacional y ambiente laboral sano)
  • Resolución 20223040040595 de 2022 (Plan Estratégicos de Seguridad Vial – PESV)
  • RAC120 de Aeronáutica civil
  • Ley 1566 de 2012 (tratamiento integral al consumo de sustancias psicoactivas)
  • Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del sector trabajo)
  • Resolución 0312 de 2019 (estándares mínimos del SG-SST)
  • Ley 1355 de 2009 (prevención integral del consumo de sustancias psicoactivas)
  • Normas internacionales como las directrices de la OIT sobre salud laboral y riesgos psicosociales

Más que una norma, una oportunidad

Más allá del cumplimiento legal, esta resolución abre la puerta para fortalecer la cultura preventiva en las organizaciones. Un programa bien estructurado no solo previene accidentes o sanciones, sino que construye confianza, bienestar y eficiencia en el entorno laboral. En un país donde los accidentes laborales por consumo de alcohol y drogas siguen teniendo un impacto silencioso, este tipo de normativas resultan transformadoras.

Artículo 25. Sustancias psicoactivas. Los empleadores o contratantes podrán aplicar pruebas de detección del consumo de sustancias psicoactivas a los trabajadores cuya actividad implica un riesgo o que son responsables respecto de terceros”… “Los empleadores públicos y privados incluirán dentro de las actividades del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores, con una política y programa al respecto.”

¿Cómo puede apoyar DHM GLOBAL a las empresas?

Con más de una década de experiencia trabajando con empresas de sectores como aeronáutica, transporte, minería, manufactura y salud, DHM GLOBAL es hoy uno de los aliados estratégicos más sólidos en la prevención y control del consumo de sustancias psicoactivas en entornos laborales.

  • Diseño e implementación de programas preventivos conforme al SG-SST
  • Aplicación de pruebas rápidas en saliva y orina, con trazabilidad técnica y resultados confiables
  • Acompañamiento jurídico y técnico permanente
  • Capacitación y sensibilización a empleados y líderes organizacionales
  • Cobertura nacional, con logística operativa en tiempo real
  • Pruebas para uso corporativo y domiciliario disponibles en farmacias, incluyendo autodiagnóstico de alcohol, drogas, VIH y embarazo.

Conclusión

La Resolución 1843 de 2025 no es solo un marco legal: es una herramienta de transformación. En un entorno donde el talento humano se vuelve cada vez más estratégico, cuidar su salud y prevenir riesgos psicosociales debe ser una prioridad. Implementar correctamente esta norma no solo protege a las empresas, sino que también salva vidas.

DHM GLOBAL está lista para acompañar a las organizaciones en este nuevo camino. Para más información, programas de prevención o pruebas de diagnóstico, visita:
www.dhmglobal.com.co | contacto@dhmglobal.com.co